Uno de sus antecedentes directos se encuentra en la reforma estatutaria de 2008, cuando se estableció la Comisión Nacional de Elecciones, responsable de preparar, organizar y vigilar los procesos de selección de candidaturas a cargos de elección popular. Entre sus atribuciones se encontraban emitir las convocatorias, revisar las listas nominales, realizar los cómputos, calificar la validez de los procesos y formular las declaratorias correspondientes.
Años después, en 2013, el modelo volvió a transformarse y surgió la Comisión Organizadora Electoral. El cambio no fue solamente de nombre. Los Estatutos le reconocieron autonomía técnica y de gestión para supervisar y calificar la preparación, conducción y organización de los procesos de selección de candidaturas en los ámbitos federal, estatal y municipal realizados mediante votación de militantes o elección abierta.
La siguiente transformación se dio con la reforma estatutaria aprobada en la XIX Asamblea Nacional Extraordinaria de 2022, cuando se adoptó la figura que hoy conocemos como Comisión Nacional de Procesos Electorales. Con este modelo se amplió la responsabilidad del órgano electoral interno, al contemplar tanto funciones relacionadas con la selección de candidaturas como la organización y conducción de los procesos de renovación de órganos internos que le correspondan conforme a la normatividad de Acción Nacional.
Esta evolución puede resumirse en tres momentos:
2008 | Comisión Nacional de Elecciones
2013 | Comisión Organizadora Electoral
2022 | Comisión Nacional de Procesos Electorales



